Resolución TEEU-36-2022
Declaratoria de elección de la Contraloría Estudiantil
TRIBUNAL ELECTORAL ESTUDIANTIL UNIVERSITARIO. A las 19:16 horas del día 4 de diciembre del año 2022; este órgano procede a dictar resolución acerca de la DECLARATORIA DE ELECCIÓN DE LA CONTRALORÍA ESTUDIANTIL bajo los siguientes términos:
CONSIDERANDO:
- El 25 de noviembre de 2022, en la Sesión N.° 19 del Consejo Superior Estudiantil (CSE), se realiza la elección de la Contraloría Estudiantil, presidida por el Tribunal Electoral Estudiantil Universitario, ello de conformidad con el numeral 155 del Reglamento General de Elecciones.
- La elección, define el artículo 156 del Reglamento General de Elecciones, será de manera nominal, mediante voto público y directo, donde resultará electa la candidatura que obtenga la mayoría absoluta de votos presentes. De no superar el umbral se procederá con una segunda votación con las dos candidaturas más votadas, y resultará electa la que obtenga la mayoría absoluta de votos presentes. De no superar la cifra fijada, se acudirá a una tercera votación con las dos candidaturas más votadas, en donde resultará electa la candidatura que obtenga la mayoría simple de votos. En caso de existir una única candidatura para alguno de los puestos esta resultará electa por mayoría simple.
- Para formar parte de la Contraloría Estudiantil, las candidaturas deben cumplir con: ser persona elegible y electora; no ser funcionaria de la Universidad de Costa Rica, con excepción de las personas nombradas en horas asistente u horas estudiante; tener un promedio ponderado total no menor a siete; no haber demostrado afinidad a ningún grupo político universitario durante el año anterior a su postulación y no desempeñar ningún otro cargo dentro de la Federación, con excepción de puestos de representación estudiantil en instancias universitarias.
- El artículo 158 del Reglamento General de Elecciones y 124 del Estatuto Orgánico de la Federación de Estudiantes disponen que la Contraloría Estudiantil estará conformada por cinco personas, de las cuales al menos una persona deberá estar empadronada en la carrera de Contaduría Pública, otra en la de Derecho y otra pertenecer a la Facultad de Ciencias Económicas, todas estas deberán contar con el segundo año de carrera aprobado. Los dos puestos restantes podrán ser ocupados por cualquier persona que cumpla con los requisitos establecidos.
- En la sesión del CSE, se realiza la elección de los puestos libres de la Contraloría Estudiantil, en la cual se postulan las siguientes personas:
Nombre
Carné
Cédula
Daniel Francisco Agüero Núñez
B90097
6-0465-0202
Ashly Pamela Bejarano Soto
C21107
2-0840-0600
Una vez verificado el cumplimiento de todos los requisitos, se declaran a las precandidaturas como candidaturas y se procede con la votación, que, con un quórum de 81 personas, arroja los siguientes resultados:
Candidatura
Votos
Daniel Francisco Agüero Núñez
44
Ashly Pamela Bejarano Soto
56
Al ser 2 candidaturas optando por los 2 puestos libres, se constituyen como candidaturas únicas, por lo que resultan todas electas por medio de la mayoría simple.
- De conformidad con lo establecido en la Resolución TEEU-2-2015, las personas electas deberán hacer entrega de la respectiva declaración jurada de aceptación del cargo a más tardar 25 de diciembre de 2022.
- A partir de lo estipulado por el numeral 159 del Reglamento General de Elecciones, las personas electas ejercerán sus cargos por el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023.
POR TANTO:
- Se declaran electas a las siguientes personas para conformar el pleno de la Contraloría Estudiantil por el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023:
Nombre |
Carné |
Cédula |
Daniel Francisco Agüero Núñez |
B90097 |
6-0465-0202 |
Ashly Pamela Bejarano Soto |
C21107 |
2-0840-0600 |
- De conformidad con lo establecido en la Resolución TEEU-2-2015, las personas electas deberán hacer entrega de la respectiva declaración jurada de aceptación del cargo a más tardar 25 de diciembre de 2022.
NOTIFÍQUESE:
- A la comunidad universitaria.
- A las personas electas.
- A la Contraloría Estudiantil.
- A los órganos federativos.
Contra esta resolución cabe únicamente las gestiones de adición y aclaración, que deben presentarse dentro del plazo de tres días hábiles ante este Tribunal, quien también los resolverá.
Christian Andrey Zeledón Gamboa |
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María Daniela Quirós Delgado |
Br. Violeta Lissette Rivera Peralta |
Linsy Moya Bonilla |
Ximena Araya Bonilla |
Br. Christian David Torres Álvarez |
José Pablo Dávila Pérez |
Gustavo Andrés Mora Alfaro |
CAZG