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Resolución TEEU-29-2022
Reinscripción de Alternativa como Partido Político

TRIBUNAL ELECTORAL ESTUDIANTIL UNIVERSITARIO. A las 13:09 horas del día 29 de setiembre del año 2022; este órgano procede a dictar resolución acerca de la REINSCRIPCIÓN DE ALTERNATIVA COMO PARTIDO POLÍTICO bajo los siguientes términos:

 

CONSIDERANDO:

  1. Mediante escrito enviado a este Tribunal el 17 de agosto de 2022, David Leonardo Díaz González, previo acuerdo de la Asamblea General del Partido , solicita la entrega de los formularios necesarios para la reinscripción de la agrupación Alternativa como partido político, dicha solicitud es respondida en la Constancia TEEU-2-2022, en donde la presidencia de este Tribunal habilita los formularios de reinscripción y recolección de firmas solicitados para el período comprendido entre el 22 de agosto de 2022 y el 22 de setiembre de 2022, esto según lo estipulado en el Reglamento General de Elecciones de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica (RGEFEUCR).

  2. El 21 de setiembre del año en curso, David Leonardo Díaz González, mediante escrito, hace entrega de los requisitos para la reinscripción y los formularios para la recolección de firmas habilitados para el efecto. 

  3. El RGEFEUCR se contempla como requisito s para la re inscripción de partidos políticos :

    1. Realizar una asamblea general donde el partido político acuerde iniciar el proceso de reinscripción.

    2. Mantener el mismo nombre del partido político.

    3. El estatuto orgánico del partido político.

    4. Nómina del comité ejecutivo.

    5. Las firmas de al menos el seis por ciento de personas estudiantes empadronadas durante el ciclo lectivo en curso. En este caso, el I ciclo del año 2022, es decir 2714 firmas de apoyo.

Asimismo, en caso de desear modificar algún elemento de la identidad gráfica del partido deberán hacer la solicitud correspondiente al Tribunal.

  1. Siendo así que en la documentación entregada se solicita la reinscripción de la agrupación política bajo el nombre de « Alternativa» , con el siguiente emblema :

Logo del partido político Alternativa

Con los colores en formato RGB: (R:17, G:188, B:205), (R:226, G:56, B:85) y (R:89, G:60, B:151); formato HEX: #11bccd, #e23855 y #593c97. Adjuntando además, la nómina del comité ejecutivo y documentos conexos , el Estatuto Orgánico del Partido Político y los formularios con más del 6% de firmas del estudiantado del I ciclo 2022.

  1. Alternativa, en Asamblea General del Partido, eligió como conformación del Comité Ejecutivo a la siguiente nómina:

Puesto

Nombre

Carné

Cédula

Presidencia

David Leonardo Díaz González

B72576

1-1747-0708

Secretaría

Valeria Bolaños Alfaro

C01206

2-0835-0419

Tesorería

Sharon Michelle Quesada Ureña

B76038

1-1723-0285

 

  1. Se comprueba que la agrupación cumple con todos los requisitos necesarios para la re inscripción como partido político.

  2. El numeral 284 del Estatuto Orgánico de la Federación de Estudiantes dicta el plazo de vigencia máxima de los partidos políticos es de 3 años.

 
POR TANTO:

  1. Se declara la re inscripción de Alternativa como partido político de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica, por el período comprendido entre el 30 de setiembre de 2022 y el 29 de setiembre de 2025, utilizando los colores en formato RGB: (R:17, G:188, B:205), (R:226, G:56, B:85) y (R:89, G:60, B:151); formato HEX: #11bccd, #e23855 y #593c97 y con el siguiente emblema:

Logo del partido político Alternativa

  1. Se acredita como Comité Ejecutivo del Partido Político Alternativa, por el período comprendido entre el 30 de septiembre de 2022 y el 31 de enero de 2023, a las siguientes personas:

 

Puesto

Nombre

Carné

Cédula

Presidencia

David Leonardo Díaz González

B72576

1-1747-0708

Secretaría

Valeria Bolaños Alfaro

C01206

2-0835-0419

Tesorería

Sharon Michelle Quesada Ureña

B76038

1-1723-0285

 

NOTIFÍQUESE:

  1. Al Partido Político Alternativa.

  2. Comunidad universitaria.

Contra esta resolución cabe la gestión de adición y aclaración, que debe interponerse dentro del plazo de tres días hábiles, y el recurso de reconsideración , que debe interponerse dentro del plazo de cinco días hábiles; ambos deberán plantearse ante el TEEU, ó rgano que los resolverá.  

Christian Andrey Zeledón Gamboa
Presidencia

María Daniela Quirós Delgado
Vicepresidencia Administrativa

Br. Violeta Lissette Rivera Peralta
Vicepresidencia Electoral

Linsy Karina Moya Bonilla
Secretaría General

Ximena Araya Bonilla
Secretaría de Comunicación

Br. Christian David Torres Álvarez
Secretaría de Formación Democrática

José Pablo Dávila Pérez 
Fiscalía

Gustavo Andrés Mora Alfaro
Tesorería

LMB/CAZG

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