RESOLUCIÓN TEEU-29-2021
Declaratoria de elección de la Comisión Evaluadora de Proyectos
TRIBUNAL ELECTORAL ESTUDIANTIL UNIVERSITARIO. Mediante sesión, al ser las XX:XX horas del 30 de mayo de 2021; este órgano procede a dictar resolución acerca de la DECLARATORIA DE ELECCIÓN DE LAS PERSONAS ELECTAS EN LA COMISIÓN EVALUADORA DE PROYECTOS bajo los siguientes términos:
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES:
Único. El viernes 21 de mayo de 2021 en horas de la tarde se realiza la Sesión Ordinaria VIII del Consejo Superior Estudiantil, en donde se realizó la elección de los puestos faltantes de la Comisión Evaluadora de Proyectos.
II. SOBRE LOS PARÁMETROS DE ELECCIÓN.
El numeral 83 del Estatuto Orgánico de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica (EOFEUCR) establece lo siguiente:
El CSE nombrará en la primera sesión ordinaria de la legislatura una Comisión Evaluadora de Proyectos; que dispondrá de una asignación presupuestaria propia y del Remanente del CSE.
El Remanente del CSE conformado por los montos de las entidades a quienes el CSE les reparte el presupuesto que no sean gastados en el Tracto correspondiente o no hayan sido autorizados para su acceso por sanción de la Contraloria Estudiantil o por ausencias al CSE.
La CEP estará conformada por 5 miembros del CSE, cuyo plazo de vigencia será el periodo de sus legislaturas (...).
En la primera sesión ordinaria, la cual fue realizada por este Tribunal, no hubo personas que se postularan y lograsen ser acreditadas en la Comisión Evaluadora de Proyectos, por lo cual, se siguió convocando su elección.
Por su parte, debido a que la normativa no establece el mecanismo de elección que se debe realizar para la elección del órgano, se debe acudir al ordinal 76 del EOFEUCR, el cual establece que:
"Todas las decisiones del CSE se tomarán por mayoría absoluta, salvo en los casos en que este Estatuto establezca lo contrario".
III. SOBRE LAS POSTULACIONES.
Se postularon las siguientes personas:
Nombre completo |
Carné |
Jonnathan Andrey Vallejos Cambronero |
B77878 |
José Julián Rojas Flores |
B46067 |
Fabián Augusto Porras Matamoros |
B55494 |
Andrey Roberto Bustamante Tanchez |
B31185 |
Rolando José Vindas Rojas |
B98581 |
Todas las personas cumplen los requisitos establecidos en la normativa, por lo cual, pasan a ser candidaturas oficiales para el proceso de elección.
IV. SOBRE LA VOTACIÓN.
Realizada la votación con un quórum de 63 personas, se obtiene el siguiente resultado:
Nombre completo |
Votos obtenidos |
Jonnathan Andrey Vallejos Cambronero |
44 |
José Julián Rojas Flores |
36 |
Fabián Augusto Porras Matamoros |
44 |
Andrey Roberto Bustamante Tanchez |
42 |
Rolando José Vindas Rojas |
28 |
Las personas que obtienen la mayoría de votos requeridos son: Jonnathan Andrey Vallejos Cambronero, Fabián Augusto Porras Matamoros, Andrey Roberto Bustamante Tanchez y José Julián Rojas Flores. Por su parte, Rolando José Vindas Rojas no logra el umbral electoral.
V. SOBRE EL PERÍODO POR EL CUAL FUE ELECTA LA PERSONA.
Como se rescató anteriormente, el artículo 62 del EOFEUCR establece que el plazo de vigencia será el mismo período del Consejo Superior Estudiantil, por lo que, se remite al numeral 173 del mismo cuerpo normativo, el cual establece lo siguiente:
Las Juntas Directivas de cada Asociación Estudiantil Federada Plena, así como quien ejerza la representación y suplencia en el CSE, serán elegidas de forma simultánea y directa en papeletas separadas durante el mes de junio, o en su defecto, mediante Asamblea General. La vigencia de estos puestos será desde el 1 de julio hasta el 30 de junio del año siguiente.
Por consiguiente, las personas electas ocuparán su puesto por el período comprendido entre la firmeza de esta resolución y el 30 de junio de 2021.
POR TANTO:
Se declara electas a las siguientes personas por el período comprendido entre la firmeza de esta resolución y el 30 de junio de 2021 dentro la integración de la Comisión Evaluadora de Proyectos:
Nombre completo |
Carné |
Jonnathan Andrey Vallejos Cambronero |
B77878 |
José Julián Rojas Flores |
B46067 |
Fabián Augusto Porras Matamoros |
B55494 |
Andrey Roberto Bustamante Tanchez |
B31185 |
Contra esta resolución caben las gestiones de adición y aclaración, que deben presentarse dentro del plazo de tres días hábiles, y el recurso de revocatoria, que debe interponerse dentro del plazo de cinco días hábiles; ambos deberán plantearse ante el TEEU y serán resueltos por este mismo Tribunal.
Christian David Torres Álvarez |
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Ana Gabriela Sandí Arrieta |
Karla Melissa Marchena Álvarez |
Christian Andrey Zeledón Gamboa |
María Daniela Quirós Delgado |
José Rodolfo Bogarín Nájera |
Jorge Daniel González Bonilla |
Karla María González Alemán |
Daniella Sofía Salvatierra Jiménez |
CDTA