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Resolución TEEU-2-2015
Plazo para entrega de documentos de acreditaciones estudiantiles

Tribunal Electoral Estudiantil Universitario (TEEU). San Pedro, Montes de Oca, Ciudad Universitaria Rodrigo Facio Brenes, catorce horas y cinco minutos del veintinueve de agosto de dos mil quince; este órgano procede a dictar esta resolución sobre Plazo para entrega de documentos de acreditaciones estudiantiles bajo los siguientes términos:

 

RESULTANDO:

1) Que la normativa federativa no establece plazos para llevar a cabo el acto administrativo de entrega de documentos de acreditación por parte de las Asociaciones Estudiantiles y demás órganos federativos.

 

CONSIDERANDO:

PRIMERO: Que el Estatuto Orgánico en su artículo 22 establece que “Son deberes de las asociaciones federadas: a) Acatar las disposiciones válidamente emitidas por los órganos federados que dada su naturaleza sean vinculantes; c) Renovar periódicamente su representación mediante elección directa o en asamblea general de asociación”

SEGUNDO: Que el Estatuto Orgánico en su artículo 99 “La interpretación de las normas en materia electoral corresponde exclusivamente al TEEU. Contra las decisiones del TEEU solo cabrá recurso de revocatoria, aclaración y adición.”

TERCERO: Que el Estatuto Orgánico en su artículo 105, establece que: "El TEEU tendrá competencia exclusiva en: g) acreditar todas las representaciones estudiantiles a lo interno de la FEUCR y a nivel universitario”

 

POR TANTO:

Se resuelve lo siguiente:

  1. Luego de realizada cualquier elección de representantes estudiantiles, Juntas Directivas, Tribunales de Asociación y demás órganos que deben acreditarse ante el TEEU, el órgano responsable contará con un máximo de 30 días naturales para entregar los documentos de acreditación completos ante el TEEU.
  2. En caso de incumplir el plazo anteriormente descrito, no se podrá acreditar las representaciones y deberá realizarse nuevamente el proceso de elección.
  3. Para los tribunales de asociación y demás órganos que hayan vencido previo a la publicación de esta resolución y no hayan sido acreditados, se dará un plazo de 8 días naturales para entregar los documentos de acreditación completos, so pena de aplicarse lo contenido en el por tanto número dos.

Dado en la Ciudad Universitaria Rodrigo Facio Brenes, San Pedro, Montes de Oca, el día 29 de agosto del año 2015.

Adán Ley Fernández
Presidencia

Gloria Castro Mora
Vicepresidencia Administrativa

Joselyn Sáenz Núñez
Secretaría 

Beatriz Badilla Calvo
Tesorería

Diego Aguilar Quesada
Prosecretaría

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