Menú de Accesibilidad

Traducciones Automáticas

Reglamento Autónomo del Conteo de Votos

Aprobado por el Tribunal Electoral Estudiantil Universitario en Sesión Ordinaria NºVIII-2021, del 21 de febrero de 2021.

 

EL TRIBUNAL ELECTORAL ESTUDIANTIL UNIVERSITARIO 

De conformidad con lo enunciado en los artículos 8, 101, 102 y 108 del Estatuto Orgánico de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica (EOFEUCR), el numeral 13 del Reglamento General de Elecciones de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica (RGEFEUCR), acuerda emitir las siguientes normas electorales para el funcionamiento del conteo de votos para los procesos electorales que les requieran.

 

 

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1-. Este reglamento tiene por objeto regular el proceso de escrutinio de las papeletas de los procesos electorales de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica.

 

Artículo 2-. El escrutinio de votos está regido por lo establecido en este reglamento, el EOFEUCR, el RGEFEUCR, los reglamentos autónomos y demás disposiciones del Tribunal Electoral Estudiantil Universitario (en adelante el Tribunal).

 

Artículo 3-. Para el escrutinio de los votos será empleado el Sistema de Juntas Receptoras de Votos Estudiantiles (SUJURVE).

 

CAPÍTULO II

ESCRUTINIO DE LOS VOTOS

Artículo 4-. Durante el escrutinio de votos solo podrán estar presentes en la sesión las personas delegadas de conteo, las personas comisionadas, integrantes del Tribunal y las fiscalías de conteo, generales y suplentes de cada partido político acreditadas ante el Tribunal. El Tribunal podrá autorizar el ingreso de más personas.

 

Artículo 5-. En todo momento la sesión de la mesa de conteo deberá ser grabada por la persona delegada, quien protegerá la grabación. Se deberá mostrar todo el proceso a las personas que se encuentren en la mesa.

 

Artículo 6-. Cada fiscalía deberá mostrar el documento de identidad al reportarse con la persona delegada de la mesa de conteo correspondiente, caso contrario no podrá ingresar a la sesión.

 

Artículo 7-. Las fiscalías de partidos políticos, personas delegadas o comisionadas que incumpla las disposiciones del Tribunal serán expulsadas inmediatamente de la sesión de escrutinio.

 

Artículo 8-. Únicamente la persona delegada, comisionada o integrante del Tribunal podrán utilizar el sistema de escrutinio.

 

Artículo 9-. Se contabilizan y clasifican los votos en:

 

  1. Votos válidamente emitidos.
  2. Votos invalidados.

 

Artículo 10-. Se consideran votos válidamente emitidos aquellos que se expresen a favor de una candidatura, los votos nulos y en blanco

 

Artículo 11-. Los votos nulos y en blanco no se sumarán a favor de ninguna candidatura.

 

Artículo 12-. Se consideran votos invalidados los que se hicieron públicos y aquellos en los que se reconozca la identidad de la persona electora.

 

Artículo 13-. Se consideran votos en blanco aquellos que no tengan ninguna marca en la papeleta.

 

Artículo 14-. Se consideran votos nulos los que contengan la marca en más de una casilla en la papeleta del Directorio, más de dos marcas en la papeleta de Representaciones en el Consejo Universitario y en los que no se pueda identificar la voluntad de la persona electora. En caso de duda, el Tribunal será quien interprete la papeleta.

 

Artículo 15-. No será nulo ningún voto por marcas que contenga la papeleta ni por otros defectos que indiquen que la persona votante tuvo dificultad al utilizarla, siempre que para la persona delegada o integrante del Tribunal le sea posible determinar la voluntad de la persona electora.

 

Artículo 16-. Una vez remitidas a la sesión de la mesa de conteo se deberán revisar las actas de la junta receptora de votos. El Tribunal será quien autorice el inicio del escrutinio.

 

Artículo 17-. La persona delegada de conteo escrutará las papeletas y completará las casillas establecidas.

 

Artículo 18-. Al finalizar el conteo en cada mesa, las personas delegadas deberán notificar al Tribunal.

 

Artículo 19-. Al finalizar el conteo en todas las mesas el Tribunal podrá emitir los resultados preliminares.

 

Christian David Torres Álvarez
Presidencia

Ana Gabriela Sandí Arrieta
Vicepresidencia Administrativa

Karla Melissa Marchena Álvarez
Vicepresidencia Electoral

Christian Andrey Zeledón Gamboa
Secretaría General

María Daniela Quirós Delgado
Secretaría de Comunicación

José Rodolfo Bogarín Nájera
Fiscalía

Jorge Daniel González Bonilla
Tesorería

Karla María González Alemán
Intermediación con Sedes Regionales

Daniella Sofía Salvatierra Jiménez
Ejercicio Económico

CDTA/CAZG

Buscar

Por favor publique modulos en la posición offcanvas.

Traducción Automática