Estatuto Orgánico del Partido Político Raíz
TÍTULO I – DISPOSICIONES GENERALES, FINES Y PRINCIPIOS
Capítulo I – Disposiciones Generales
Artículo 1. Nombre y naturaleza.
El presente Estatuto regula la organización y funcionamiento de la Agrupación Política Raíz, en adelante “La Agrupación”, organización estudiantil de carácter democrático, participativo, autónomo, sin fines de lucro y de duración indefinida. La agrupación se inscribe conforme a la normativa de la Federación de Estudiantes de la Universidad de Costa Rica (FEUCR) y está supervisada por el Tribunal Electoral Estudiantil Universitario (TEEU).
Artículo 2. Afiliación.
Podrán afiliarse todas las personas estudiantes federadas de la Universidad de Costa Rica, sin discriminación alguna por motivos de género, identidad o expresión de género, orientación sexual, comunidad cultural, diferencias lingüísticas, nacionalidad, edad, condición socioeconómica, capacidades diversas y creencias religiosas.
Artículo 3. Símbolos e identidad gráfica.
La Agrupación Política Raíz adoptará como símbolos oficiales su divisa, colores y emblema de conformidad con el Reglamento General Electoral de la FEUCR. Su identidad gráfica estará representada por la siguiente paleta cromática:
- Rojo vino: RGB (155, 34, 66)
- Verde: RGB (164, 214, 94)
- Turquesa: RGB (82, 176, 175)
El logo oficial de la agrupación contiene dos elementos principales:
1. Una letra “R” mayúscula en color rojo vino en referencia a la inicial del nombre de la agrupación, cuyo interior incorpora la silueta de una hormiga en color turquesa, como símbolo del trabajo colectivo, la constancia y la organización de base.
2. Un motivo vegetal color verde que emana de la sección inferior izquierda, con forma de brote y hojas, que representa la vida, el crecimiento, la conexión con la tierra y con nuestras raíces.
La integración de estos elementos refleja la identidad de la organización: un proyecto arraigado en valores de solidaridad, esfuerzo compartido y esperanza transformadora, con una visión latinoamericanista y humanista.
El logo deberá ser utilizado en todos los documentos oficiales, comunicados y actividades públicas de la organización, constituyéndose en un signo de identidad colectiva. Cualquier modificación o uso alternativo deberá ser aprobado por la Asamblea General.
Capítulo II – Fines y Principios
Artículo 4 Fines
La agrupación tiene como fines:
1. Promover la justicia social, ambiental y territorial en el ámbito universitario y nacional, mediante la participación activa en los espacios de toma de decisiones estudiantiles y la articulación con movimientos sociales y comunitarios.
2. Defender y fortalecer la educación superior pública, gratuita, inclusiva, feminista y regionalizada, como bien común y derecho humano, con un enfoque crítico, anticolonial e interseccional.
3. Garantizar la representación y participación efectiva de los sectores históricamente excluidos, especialmente estudiantes de zonas rurales, costeras, indígenas, afrodescendientes, campesinas, migrantes, personas trans, no binarias, con discapacidad, y otras disidencias sexo-genéricas.
4. Incidir en la construcción de una universidad democrática, intercultural, descentralizada y comprometida con los territorios, que reconozca y articule los saberes comunitarios, populares, científicos y conocimiento de la ciencia ancestral.
5. Impulsar la transformación estructural del modelo universitario y social, desde una perspectiva ecosocialista, feminista, indianista, antiimperialista y de derechos humanos, para avanzar hacia sociedades más justas, equitativas y sostenibles.
6. Fomentar una vida estudiantil digna, que garantice el bienestar físico, mental y emocional del estudiantado, el acceso a condiciones materiales adecuadas para el estudio y la participación plena en la vida universitaria.
7. Construir la unidad estudiantil en la diversidad, promoviendo el respeto mutuo, la pluralidad ideológica, cosmológica y cultural, y la solidaridad activa como bases de una organización política democrática.
Artículo 5. Principios.
La Agrupación se regirá por los siguientes principios:
1. Ecologismo y Ecosocialismo: Promovemos la educación ambiental y la reducción del impacto humano sobre el planeta mediante acciones directas, movilidad sostenible y cambios profundos en la legislación y en los hábitos sociales. Apostamos por un modelo de desarrollo que respete la vida y garantice una transición ecológica justa, desde una sociedad que priorice el bienestar colectivo por encima del lucro. Defendemos los territorios, los ciclos naturales y la justicia intergeneracional, asumiendo una praxis revolucionaria frente al extractivismo y al capitalismo fósil.
2. Feminismo interseccional: Asumimos el feminismo como proyecto político emancipador, que lucha contra todas las formas de opresión basadas en el género, la clase, la raza, la etnia, la orientación sexual, la identidad de género, la discapacidad y otras formas de desigualdad estructural, promoviendo una universidad libre de violencias patriarcales.
3. Inclusión trans y disidente: Promovemos el reconocimiento, respeto y participación plena de personas trans, no binarias y disidencias sexo-genéricas en todos los espacios políticos, académicos y sociales. Luchamos por erradicar la violencia, la exclusión y la invisibilización de estas identidades.
4. Democracia participativa: Impulsamos la toma de decisiones colectivas, transparentes, horizontales y vinculantes, como mecanismo de construcción política y de rendición de cuentas. Rechazamos las prácticas autoritarias, jerárquicas y clientelares.
5. Pluralidad y solidaridad: Reconocemos la diversidad política, cultural, ideológica y territorial como un valor organizativo. Fomentamos el diálogo respetuoso, el disenso constructivo y la acción solidaria entre las diversas expresiones del movimiento estudiantil y social.
6. Compromiso con los movimientos sociales y los derechos humanos: Nos solidarizamos con las luchas de los pueblos por la justicia, la memoria, la autodeterminación y la vida digna. Reivindicamos los derechos humanos en su integralidad: civiles, políticos, sociales, culturales y ambientales, en articulación con organizaciones populares, indígenas, campesinas, feministas, sindicales y estudiantiles.
7. Transparencia: Ejercemos una política clara, accesible, honesta y abierta a la crítica. Mantenemos comunicación constante y rendición de cuentas frente a nuestras bases, respetando el derecho de la comunidad estudiantil a informarse y participar.
8. Latinoamericanismo y antiimperialismo: Nos reconocemos como parte de la lucha por la unidad, la soberanía y la descolonización de los pueblos de América Latina y el Caribe. Nos oponemos a toda forma de dominación imperialista, neoliberal y colonial, y reivindicamos los procesos de integración regional desde abajo.
9. Bienestar estudiantil: Defendemos el derecho del estudiantado a condiciones dignas para estudiar y vivir: acceso a alimentación, salud física y mental, vivienda segura, transporte, espacios culturales y deportivos, así como a una convivencia libre de violencias y discriminaciones.
10. Interculturalidad: Mantenemos el compromiso de fomentar la interacción entre las distintas culturas y realidades, entendiendo que la coexistencia individual no es el objetivo, sino las relaciones, el respeto y el reconocimiento de nuestras diferencias para construir una comunidad libre de discriminación.
11. Solidaridad internacionalista: Mantenemos un compromiso activo con la defensa de los pueblos de Palestina, Venezuela, Cuba, Haití, Sudán, Tigray, Congo y de todos los pueblos oprimidos por regímenes coloniales, autoritarios, intervencionistas y genocidas. Promovemos acciones concretas de denuncia, visibilización y solidaridad política desde la universidad.
12. Compromiso con la equidad territorial: Raíz reconoce que la justicia territorial es indispensable para una universidad verdaderamente democrática. Promovemos la redistribución de los recursos, el reconocimiento de las particularidades regionales y el acceso equitativo a oportunidades académicas, sociales y culturales en todas las sedes y recintos.
13. Reconocimiento del valor estratégico de la regionalización universitaria: Consideramos la regionalización como una política transformadora que democratiza el acceso al conocimiento, dinamiza los territorios y descentraliza el poder académico y político. Defendemos su profundización con base en una participación activa de las comunidades locales.
14. Defensa de las sedes regionales y los saberes territoriales: Nos comprometemos con el fortalecimiento de las sedes y recintos regionales, su autonomía presupuestaria y su capacidad de incidencia. Reivindicamos los saberes populares, campesinos, afrodescendientes, indígenas y comunitarios como parte del quehacer universitario.
15. Participación territorial y construcción colectiva del conocimiento: Promovemos una universidad que se piense y se construya desde los territorios, con una lógica de reciprocidad, diálogo de saberes y co-creación. Impulsamos procesos de investigación, docencia y acción social que respondan a las realidades y necesidades locales.
TÍTULO II – ORGANIZACIÓN INTERNA
Capítulo I – Asamblea General
Artículo 6. Naturaleza.
La Asamblea General es la máxima autoridad de la agrupación y está integrada por la totalidad de las personas afiliadas.
Artículo 7. Funciones.
Son funciones de la Asamblea General:
a) Aprobar y reformar este Estatuto.
b) Definir las líneas políticas de la agrupación.
c) Elegir y remover a la Junta Directiva, la Fiscalía y el Tribunal Electoral Interno.
d) Aprobar planes de trabajo y la memoria anual.
e) Resolver cualquier asunto no asignado a otra instancia.
Capítulo II – Comité Ejecutivo
Artículo 8. Integración.
La Junta Directiva es el órgano ejecutivo de la Agrupación y estará integrada por:
1. Presidencia.
2. Vicepresidencia.
3. Secretaría General.
4. Secretaría de Finanzas.
5. Secretaría de Comunicación.
Artículo 9. Funciones de la Presidencia.
a) Representar legalmente a la Agrupación.
b) Convocar y presidir reuniones de Junta Directiva y Asamblea General.
c) Coordinar la ejecución de acuerdos y políticas.
d) Firmar junto a la Secretaría General actas y documentos oficiales.
Artículo 10. Funciones de la Vicepresidencia.
a) Suplir a la Presidencia en caso de ausencia.
b) Apoyar la coordinación interna de comisiones y actividades.
Artículo 11. Funciones de la Secretaría General.
a) Redactar actas y llevar registro de acuerdos.
b) Custodiar archivos y documentación oficial.
c) Tramitar la correspondencia de la agrupación.
Artículo 12. Funciones de la Secretaría de Comunicación.
a) Coordinar actividades de comunicación y logística.
b) Promover espacios de deliberación y trabajo colectivo.
c) Mantener canales de comunicación e información abiertos con el estudiantado.
e) Velar por el cumplimiento de parámetros mínimos de comunicación inclusiva en la comunicación interna y externa de la Agrupación.
Artículo 13. Funciones de la Secretaría de Finanzas.
a) Administrar los fondos de la agrupación.
b) Elaborar presupuestos y presentar informes financieros.
c) Garantizar transparencia y rendición de cuentas.
Capítulo III – Tribunal Electoral Interno
Artículo 14. Naturaleza.
El Tribunal Electoral Interno es un órgano autónomo e imparcial, respetuoso de los principios que nos unen como partido, garante de los procesos electorales internos.
Artículo 15. Integración.
El Tribunal estará conformado por cinco personas electas en Asamblea General: Presidencia, Secretaría, dos fiscalías y suplencia.
Artículo 16. Funciones.
a) Convocar y organizar procesos electorales internos.
b) Inscribir candidaturas, resolver impugnaciones y velar porque las candidaturas respeten los principios de la agrupación.
c) Garantizar equidad, paridad e inclusión en las elecciones.
d) Realizar el escrutinio y declarar resultados.
e) Juramentar a las personas electas.
f) Resolver conflictos en materia electoral interna.
Capítulo IV – Fiscalía
Artículo 17. Naturaleza.
La Fiscalía es el órgano garante de la ética, la transparencia y la correcta práctica política interna.
Artículo 18. Integración.
La Fiscalía será designada por la Asamblea General y estará compuesta por una persona titular y una suplente.
Artículo 19. Funciones.
a) Velar por el cumplimiento de este Estatuto y los reglamentos.
b) Fiscalizar los procesos internos en coordinación con el Tribunal Electoral Interno.
c) Investigar faltas éticas, emitir recomendaciones y proponer sanciones.
d) Presentar informes periódicos a la Asamblea General.
TÍTULO III – RÉGIMEN ELECTORAL
Artículo 20. Democracia interna.
Las elecciones internas se realizarán mediante voto universal y directo de las personas afiliadas.
Artículo 21. Inclusión.
Las personas sometidas a un cargo de elección deberán respetar la paridad y alternancia de género, así como la inclusión de personas trans, no binarias y disidencias sexo-genéricas.
Artículo 22. Convocatoria.
El Tribunal Electoral Interno convocará elecciones, definirá plazos de inscripción, campaña y votación, de conformidad con el Reglamento General Electoral de Elecciones inscrito ante la FEUCR y las disposiciones del TEEU.
Artículo 23. Escrutinio.
El conteo será público, verificable y documentado en actas.
Artículo 24. Juramentación.
El Tribunal Electoral Interno juramentará a las personas electas en acto oficial, luego de revisar y velar por que se cumplan los requisitos.
Capítulo V – Comando de Campaña
Artículo 25. Naturaleza e integración.
Con el fin de organizar y ejecutar los procesos de campaña electoral, la agrupación conformará un Comando de Campaña para cada proceso electoral en que participe.
Este estará integrado por tres personas electas en Asamblea General:
1. Coordinación General, encargada de la planificación estratégica, la representación política y la supervisión del cumplimiento de la línea política.
2. Subcoordinación General, Encargada de colaborar con la coordinación en general en sus funciones o suplirlas en caso de ausencia definitiva o temporal.
3. Fiscalía de Campaña, responsable de velar por la transparencia, la ética y el respeto a la normativa electoral interna y de la FEUCR, así como de denunciar irregularidades.
4. 2 Suplencias, que asumirán las funciones de la suboordinación o de la Fiscalía en caso de ausencia temporal o definitiva.
Artículo 26. Funciones del Comando de Campaña.
a) Elaborar el plan de campaña de la agrupación.
b) Coordinar actividades de promoción electoral y difusión política.
c) Garantizar el uso transparente de los recursos durante la campaña.
d) Rendir un informe a la Asamblea General al finalizar el proceso electoral.
TÍTULO IV – FINANCIAMIENTO Y SOSTENIBILIDAD
Artículo 27. Recursos.
La agrupación se financiará con aportes voluntarios de sus miembros, actividades autogestionadas y donaciones lícitas.
Artículo 28. Transparencia.
La Secretaría de Finanzas deberá rendir informes semestrales a la Asamblea General y a la Fiscalía.
TÍTULO V – REFORMAS Y DISOLUCIÓN
Artículo 29. Reformas.
El Estatuto podrá reformarse con el voto favorable de al menos dos tercios de las personas presentes en Asamblea General.
Artículo 30. Disolución.
La Agrupación podrá disolverse por acuerdo de Asamblea General con mayoría calificada, previa rendición de cuentas y liquidación de bienes.
TÍTULO VI – FALTAS Y SANCIONES
Artículo 31. Principios rectores.
Las faltas y sanciones se regirán por los principios de:
a) Debido proceso: derecho a ser escuchada/o, a la defensa y a un procedimiento transparente.
b) Proporcionalidad: la sanción deberá ser adecuada y justa en relación con la falta cometida.
c) Justicia restaurativa: se priorizarán medidas que reparen el daño y fortalezcan el tejido colectivo antes que la exclusión.
d) No discriminación: ningún proceso sancionatorio podrá sustentarse en motivos de identidad de género, orientación sexual, origen étnico, condición socioeconómica, discapacidad u otros.
Artículo 32. Tipificación de faltas.
1. Leves: incumplimiento injustificado de tareas, faltas de respeto menores, negligencia sin consecuencias graves.
2. Graves: uso indebido de recursos colectivos, obstaculización sistemática de acuerdos democráticos, incumplimiento reiterado de responsabilidades.
3. Muy graves: actos de violencia física, verbal o psicológica, acoso, discriminación, corrupción, manipulación de procesos electorales internos o cualquier conducta que atente contra los principios de la Agrupación, la Federación de Estudiantes o la Universidad de Costa Rica.
Artículo 33. Procedimiento sancionatorio.
1. Toda falta deberá ser denunciada por escrito ante la Fiscalía.
2. La Fiscalía comunicará a la persona señalada los hechos y otorgará un plazo razonable (no menor a 5 días hábiles) para presentar descargos.
3. La Fiscalía elaborará un informe con recomendaciones al Tribunal Electoral Interno.
4. El Tribunal Electoral Interno será el órgano encargado de emitir la resolución, garantizando imparcialidad y derecho a apelación.
Artículo 34. Medidas y sanciones.
Según la gravedad de la falta, podrán imponerse las siguientes medidas, de forma gradual:
a) Amonestación verbal o escrita con carácter pedagógico.
b) Obligación de disculpa pública o reparación hacia la persona o colectivo afectado.
c) Suspensión temporal de funciones u órganos de representación.
d) Inhabilitación parcial o total para ocupar cargos en la Junta Directiva o candidaturas federativas durante un período determinado.
e) Expulsión definitiva de la agrupación en casos de faltas muy graves, como último recurso.
Artículo 35. Apelaciones.
Toda persona sancionada podrá apelar ante la Asamblea General, que será la última instancia resolutiva.
TÍTULO VII – DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Artículo 36. Nombre y símbolos.
Hasta su aprobación definitiva, la Agrupación Política será reconocida como Raíz y usará los símbolos provisionales adoptados en esta normativa.

