Estatuto Orgánico del Partido Político ¡Ya Basta!
Artículo 1
¡Ya Basta! es una agrupación político partidaria estudiantil presente en la Universidad de Costa Rica (UCR).
Artículo 2
Algunos de nuestros principios ideológicos son: anticapitalismo, feminismo, ecologismo, derechos LGBTI+, internacionalismo, defensa de las conquistas de la clase trabajadora, independencia política de los gobiernos y las rectorías, privilegio en el método de la movilización social.
Artículo 3
Nuestros colores serán los siguientes:
Formato RGB: Morado: R:107 G:44 B:153 / Verde: R:0 G:180 B:66 / Naranja: R:255 G:77 B:24
Formato HEX: Morado #6B2C99 / Verde #00B442 / Naranja #FF4D18
Nuestro logo será el siguiente:
Artículo 4
Son militantes de nuestro partido las personas estudiantes de la UCR que estén de acuerdo en nuestros principios, participen de nuestras actividades y comuniquen su interés en participar militantemente con nuestra organización a alguna de nuestros militantes.
Artículo 5
Las personas militantes tienen los siguientes derechos y deberes:
a) Participar, opinar y construir junto con todas las personas militantes de ¡Ya Basta!
b) Tener voz y voto en nuestras asambleas internas.
c) Respetar y defender nuestros principios ideológicos.
d) Participar, opinar, decidir y criticar en toda actividad partidaria.
e) Contribuir en todo proceso electoral en el que participemos.
f) Asistir a las actividades en las que participamos y convocamos.
Artículo 6
Son órganos partidarios:
a) La Asamblea General, compuesta por el total de militantes
b) Comité Ejecutivo, compuesto por presidencia, secretaría y tesorería.
c) Tribunal Electoral Interno, compuesto por presidencia, secretaría y fiscalía.
Artículo 7
El quórum mínimo en cada órgano partidario es de la mitad más uno de las personas que los conforman.
Artículo 8
Los acuerdos en los órganos partidarios se tomarán por mayoría simple.
Artículo 9
La Asamblea General será presidida por cualquier miembro del Comité Ejecutivo y como mínimo deberá realizarse una vez en el primer semestre y una vez en el segundo semestre de forma ordinaria, con posibilidad de convocar de manera extraordinaria las veces que sean necesarias. Estas serán convocadas por el Comité Ejecutivo o por un mínimo de tres militantes cuando lo consideren necesario.
La Asamblea General podrá iniciar cuando cuente con la mitad más uno de las personas militantes, o en dado caso que no se alcance, 15 minutos después podrá iniciar con un mínimo de 6 personas militantes.
La convocatoria la puede realizar el Comité Ejecutivo o tres personas militantes, por medio de los grupos de WhatsApp del partido, como mínimo 2 días antes en el caso de las ordinarias o un día previo en el caso de las extraordinarias. Deberá convocarse con claridad del día, hora, lugar y propuesta de agenda, la cual puede ser modificada por el pleno el día de la asamblea. Cualquier persona militante podrá presentar propuestas, mociones o modificaciones de agenda.
Artículo 10
Todas nuestras votaciones serán públicas, a menos que el Comité Ejecutivo o el pleno de la asamblea proponga, por un caso muy excepcional, que deba hacerse en secreto.